Texto oficial
Artículo 9°- Las modificaciones de los sistemas de
remuneraciones de los trabajadores de las empresas y
entidades a que se refiere el artículo 3° del decreto ley
N° 249, de 1973, se fijaran por resolución conjunta del
Ministerio del Ramo, del de Economía, Fomento y
Reconstrucción y del de Hacienda.