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Artículo 20 del Decreto Ley 2052

Aprueba presupuesto del sector publico para el año 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6795 · idParte: 9036639

Texto oficial

Artículo 20°- Lo dispuesto en el decreto de Hacienda N° 110, de 7 de Febrero de 1977, dictado en uso de la facultad concedida por el artículo 24° del decreto ley N° 1.603, de 1976, seguirá aplicándose durante el año 1978 respecto de las siguientes empresas: Empresa Nacional del Petróleo, Empresa de los Ferrocarriles del Estado, Empresa Portuaria de Chile, Empresa Marítima del Estado, Empresa de Transportes Colectivos del Estado, Línea Aérea Nacional, Ferrocarril Militar de Puente Alto a El Volcán, Empresa de Comercio Agrícola, Empresa Nacional de Minería e Instituto de Seguros del Estado.