Texto oficial
Artículo 30°.- Modifícase el artículo 59° de la ley número 10.383, en la siguiente forma:
a) Sustitúyese en la letra a) las expresiones "nueve por ciento" por "diez por ciento", y
b) Suprímese la letra d).
Establece y modifica diversas disposiciones previsionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6805 / 7127895.