Texto oficial
Artículo 3°- Para llevar a efecto la liquidación, la Comisión podrá requerir la asesoría de cualquier servicio público especializado, el que estará obligado a prestarla.
Disuelve el economato del congreso nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6806 / 8257552.