Saltar al contenido

Artículo 7 transitorio del Decreto Ley 2079

Fija texto de la ley orgánica del banco del estado de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6814 / 8707414.

Texto oficial

Artículo 7°- Mientras no se dicte el decreto a que se refiere el artículo 40 de este decreto ley, el personal del Banco seguirá rigiéndose por las normas que le eran aplicables hasta la fecha de entrada en vigencia de este cuerpo legal.