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Artículo del Decreto Ley 2099

Introduce distintas modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6827 / 8938991.

Texto oficial

Artículo decimosegundo.- Reemplázase el artículo 7° de la ley N° 4.287, sobre Prenda de Valores Mobiliarios a favor de los Bancos, por el siguiente: "Artículo 7°.- Las disposiciones de esta ley se aplicarán a la Corporación de Fomento de la Producción, a los bancos de cualquiera naturaleza, a las sociedades financieras, cooperativas de ahorro y crédito, institutos o sociedades auxiliares de financiamiento cooperativo, asociaciones de ahorro y préstamo y, en general, a todas las instituciones financieras legalmente establecidas."