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Artículo del Decreto Ley 2099

Introduce distintas modificaciones a la legislacion bancaria y financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6827 · idParte: 8938994

Texto oficial

Art�culo decimoquinto.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 16.807: 1) El artículo agregado por el N° 15 del artículo único del D. L. N° 162, de 1973, pasa a numerarse como artículo 91. 2) Los artículos nuevos agregados por el N° 4 del artículo único del D. L. N° 944, de 1975, pasarán a numerarse como artículo 92 y artículo 93, respectivamente. 3) Reemplázase el inciso segundo del artículo 92 por los siguientes: "Asimismo, de conformidad a las normas que dicte el Consejo Monetario, las Asociaciones podrán emitir y colocar en el público bonos, pagarés u otras clases de títulos de créditos o inversión. "La emisión de letras hipotecarias por las Asociaciones se hará en conformidad a lo dispuesto en el Título XII de la Ley General de Bancos."