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Artículo 4 del Decreto Ley 2221

Aclara alcances articulo 67 de la ley n° 16.640

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6854 / 9036684.

Texto oficial

Artículo 4°.- Se declara que las normas contenidas en este decreto ley no producirán efectos respecto de las sentencias judiciales ejecutoriadas que se hubieran dictado en relación con la interpretación del artículo 67 de la ley N° 16.640.