Texto oficial
Artículo 2.- De los recursos dispuestos en el artículo 1° para el Subtítulo 55 - 01 - 00 - 80, $ 38.700.000 deberán ser invertidos en el pago de cuentas pendientes relacionadas con los gastos autorizados por el artículo 2° del D. L. N° 2.087, de 1977. Tales pagos no estarán sujetos a las limitaciones, obligaciones y prohibiciones que establece la legislación vigente y se efectuarán conforme lo disponga el Ministro del Interior, por resolución interna, sin perjuicio de que la rendición de cuentas se efectúe según las reglas generales. Asimismo, de los recursos de dicho Subtítulo, $ 1.900.000 incrementarán el monto de la glosa N° 2 del respectivo Servicio y $ 7.000.000 se destinarán a la celebración del bicentenario del natalicio del Libertador General Bernardo O'Higgins Riquelme.
Además, los recursos asignados al Subtítulo 62 - 02 - 00 - 80 se destinarán a obras viales, en la provincia de Valdivia.