Texto oficial
Artículo 1°- Declárase bien invertidos los fondos asignados por la Corporación de Fomento de la Producción para el funcionamiento durante el año 1977, de la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, puestos a disposición de dicha entidad, y no invertidos al 18 de Marzo de 1977, fecha de vigencia del decreto ley N° 1.748, que se destinaron al resto del año 1977, y durante 1978 a gastos de la Secretaría Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, entendiéndose el Secretario Ejecutivo durante este período facultado para contratar directamente servicios profesionales u otros, a honorarios, necesarios para la marcha de la Secretaría Ejecutiva.