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Artículo 1 del Decreto Ley 2347

Declara ilicitas las asociaciones que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6895 · idParte: 9036707

Texto oficial

Artículo 1°: Decláranse contrarias al orden público y a la seguridad del Estado, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1°, N° 9, inciso cuarto, del Acta Constitucional N° 3, las asociaciones o grupos de personas que asuman la representación de sectores de trabajadores sin tener personería para ello, de acuerdo a la legislación laboral o al derecho común, según corresponda. Las personas que contravengan lo dispuesto en el inciso anterior serán sancionadas con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo.