Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 2397

Aprueba el presupuesto de entradas y gastos de la nacion para 1979.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6905 · idParte: 9036743

Texto oficial

II.- NORMAS COMPLEMENTARIAS DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO {ARTS. 4-8} Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda podrá disponer que todos o algunos de los organismos de la administración central del Estado sigan operando durante todo o parte del año 1979, respecto de los "Gastos en Personal", de acuerdo al procedimiento empleado en el año 1978.