Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto Ley 2415

Modifica los decretos leyes n°s. 619, 824, 825 y 830, de 1974; y 1.078, de 1975, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6916 · idParte: 7128733

Texto oficial

Artículo 1°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 32 del decreto ley N° 619, de 1974, sobre Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado: a) Sustitúyese el N° 6, por el siguiente: "6.- Contratos de inversión extranjera, documentos que den cuenta o se emitan en relación con préstamos otorgados del exterior y los relativos a emisiones de bonos y títulos de créditos que se coloquen en el exterior. Asimismo, estarán exentos los documentos que acrediten aportes de capital al país y los contratos de asistencia técnica o regalías con el exterior". b) Agrégase, como N° 27, el siguiente: "27.- Los actos y contratos que se ejecuten o celebren en la provincia de Isla de Pascua por personas domiciliadas en ellas respecto de actividades o bienes que digan relación con ese mismo territorio".