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Artículo 4 del Decreto Ley 2415

Modifica los decretos leyes n°s. 619, 824, 825 y 830, de 1974; y 1.078, de 1975, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6916 · idParte: 7128736

Texto oficial

Artículo 4°- Reemplázase el inciso primero del número 6, del artículo 21, del decreto ley N° 1.078, de 1975, por el siguiente: "6.- Comprar y vender oro, exportarlo e importarlo, sin sujeción a restricción, contribución ni gravamen fiscal alguno, salvo el impuesto establecido en el Título II de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, por las compras de oro que efectúe.".