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Artículo 6 del Decreto Ley 2415

Modifica los decretos leyes n°s. 619, 824, 825 y 830, de 1974; y 1.078, de 1975, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6916 · idParte: 7128738

Texto oficial

Artículo 6°- Suprímese en el inciso segundo del artículo 7° del decreto ley N° 2.397, de 1978, la frase "cuando así lo exijan las cartas constitutivas o reglamentos de préstamos de organismos internacionales", reemplazando la coma (,) que la precede por un punto (.).