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Artículo 2 del Decreto Ley 2416

Crea juzgados de letras del crimen, eleva de categoria a los tribunales de menor cuantia que indica y modifica disposiciones que señala del código orgánico de tribunales, ley numero 15.231, y otros textos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6917 / 8797691.

Texto oficial

Artículo 2°.- Los Juzgados de Letras de Menor Cuantía que se elevan de categoría en el artículo anterior, tendrán las siguientes denominaciones, en el orden indicado: a) Tercer y Cuarto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de Valparaíso; b) Quinto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de Valparaíso. Dicho Tribunal tendrá su asiento en Viña del Mar; c) Octavo, Noveno, Décimo, Undécimo, Duodécimo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto Juzgado de Letras de Mayor Cuantía en lo Civil de Santiago; d) Duodécimo, Décimo Tercero, Décimo Cuarto, Décimo Quinto, Décimo Sexto y Décimo Séptimo Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía en lo Criminal de Santiago, y e) Segundo Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Linares, Tercer Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Temuco y Tercer Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Valdivia.