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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 2416

Crea juzgados de letras del crimen, eleva de categoria a los tribunales de menor cuantia que indica y modifica disposiciones que señala del código orgánico de tribunales, ley numero 15.231, y otros textos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6917 / 8797706.

Texto oficial

Artículo 1°.- La elevación de categoría de los Juzgados del Crimen de Menor Cuantía de Santiago se producirá sólo una vez que se publique el decreto supremo que fije los territorios jurisdiccionales de cada uno de ellos. Hasta el día de publicación de este decreto, continuarán conociendo de las materias a que se refiere el artículo 39 del Código Orgánico de Tribunales, el que subsistirá para este solo efecto, entendiéndose ampliada su competencia sobre faltas a las que se producen en las comunas de Quinta Normal, Santiago, Ñuñoa, Providencia, Las Condes y La Reina.