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Artículo 5 del Decreto Ley 2438

Fija normas sobre subvencion a los establecimientos;particulares gratuitos de enseñanza

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6919 / 8826106.

Texto oficial

Artículo 5°.- El valor unitario anual de subvención por alumno, fijado de acuerdo con el artículo anterior, podrá ser incrementado hasta en el porcentaje de asignación de zona correspondiente a la localidad en que esté ubicado el establecimiento. Los porcentajes se determinarán por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Educación Publica, el que deberá ser suscrito también por el Ministro de Hacienda.