Texto oficial
Artículo 21°.- El presente decreto ley comenzará a regir a partir del 1° de Enero de 1979.
Fija normas sobre subvencion a los establecimientos;particulares gratuitos de enseñanza
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6919 / 8826122.