Texto oficial
Artículo 8°- La asesoría jurídica y la
administración del personal y del presupuesto de la
Subsecretaría de Pesca serán ejercidos por los servicios
respectivos del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
Establece funciones y atribuciones del ministerio de economia, fomento y reconstruccion, en materia de pesca organiza la subsecretaria de pesca crea el consejo nacional de pesca y el servicio nacional de pesca
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