Texto oficial
Artículo 15.- El Servicio Nacional de Pesca tendrá la
siguiente estructura orgánica:
A.- Unidades dependientes de la Dirección Nacional:
1.- Subdirección.
2.- Asesoría Jurídica.
3.- Direcciones Regionales.
B.- Unidades dependientes de la Subdirección:
1.- Departamento de Recursos Naturales.
2.- Departamento de Propagación.
3.- Departamento de Tecnología.
4.- Departamento de Control.
5.- Departamento de Administración y Finanzas.