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Artículo 16 del Decreto Ley 2444

Revaloriza pensiones previsionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6923 · idParte: 8958654

Texto oficial

Artículo 16°.- La Empresa de los Ferrocarriles del Estado se considerará entidad de previsión social para los efectos de lo dispuesto en este decreto ley.