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Artículo 19 del Decreto Ley 2448

Modifica regimenes de pensiones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6924 / 8691050.

Texto oficial

Artículo 19.- Los regímenes previsionales de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, continuarán rigiéndose para todos los efectos legales por las disposiciones del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, sus modificaciones y demás normas pertinentes a ellos, respectivamente.