Texto oficial
Artículo 9º.- La Jefatura Superior de la Policía de
Investigaciones de Chile corresponderá a un funcionario
que, con el título de Director General, ejerce la
dirección y administración de esa institución. Dicho
cargo será de la exclusiva confianza del Presidente de la
República para todos los efectos legales y será designado
por éste de entre los ocho Oficiales Policiales de mayor
antigüedad, con grado de Prefecto General o Prefecto
Inspector.
La persona que sea designada en el cargo de Director
General deberá presentar una declaración jurada de
patrimonio ante un notario de su domicilio, dentro del plazo
de treinta días desde que hubiera asumido el cargo y dentro
de los treinta días siguientes a la fecha de cesación en
el mismo.
El Director General sólo podrá desempeñar el cargo
por un plazo máximo de seis años consecutivos.
En caso de ausencia, impedimento o inhabilidad
temporal, el Director será subrogado por el Oficial General
más antiguo.