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Artículo 2 del Decreto Ley 2538

Modifica ley n° 17.169 y condona deudas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6935 / 8257627.

Texto oficial

Artículo 2°.- Condónanse todas las sumas de dinero que la Municipalidad de Viña del Mar adeude o puede adeudar al Servicio Nacional de Turismo, por sí o como sucesor legal de los Consejos Regionales de Turismo de Aconcagua, Valparaíso y Santiago, y de Atacama y Coquimbo, o al Servicio Nacional de Salud, o a cualquier otra entidad o pretendido beneficiario, en virtud de la aplicación del artículo 11° de la ley N° 17.169 y como consecuencia de haberse efectuado la determinación de las utilidades de la explotación del Casino Municipal de Viña del Mar, excediéndose del costo máximo de 22% señalado en dicho precepto legal. Esta condonación comprende hasta la liquidación efectuada de acuerdo al balance correspondiente al ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 1978.