Texto oficial
Artículo 2°.- El personal mencionado en el artículo
anterior que invista los grados jerárquicos que se indican,
gozara de una Bonificación de Mando y Administración,
equivalente al porcentaje que se menciona aplicada sobre el
sueldo del grado de la Escala de que esté en posesión:
OFICIALES:
General de Ejército y grados equivalentes_ _ _ _46%
General de División (E) y grados equivalentes 44%
General de Brigada (E) y grados equivalentes_ _ 42%
Coronel (E) y grados equivalentes_ _ _ _ _ _ _ _40%
Teniente Coronel (E) y gradosequivalentes_ _ _ _38%
Mayor (E) y grados equivalentes _ _ _ _ _ _ _ _ 36%
Capitán (E) y grados equivalentes_ _ _ _ _ _ _ _29%
Teniente (E) y grados equivalentes _ _ _ _ _ _ _14%
CUADRO PERMANENTE (E. Y F.A.), GENTE DE MAR (A),
PERSONAL A CONTRATA (CAR) Y SERVICIOS GENERALES (I):
Suboficial Mayor (E) y grados equivalentes_ _ _ 29%
Suboficial (E) y grados equivalentes_ _ _ _ _ _ 26%
Sargento 1 (E)y grados equivalentes_ _ _ _ _ _ _23%
Sargento 2° (E) y grados equivalentes_ _ _ _ _ _10%
Cabo 1° (E) y grados equivalentes_ _ _ _ _ _ _ _ 5%
La bonificación establecida en el inciso anterior no
podrá significar, en ningún caso, un monto inferior al
percibido por concepto de la asignación de responsabilidad
superior, establecida en los artículos 114, letra k), del
D.F.L. (G) N° 1, y 46, letra ñ), del D.F.L. N° 2, ambos
de 1968. De producirse dicha situación el personal afectado
gozara de la bonificación con el porcentaje asignado a los
grados jerárquicos inmediatamente superiores .
La bonificación contemplada en el inciso primero
corresponderá, asimismo, al siguiente personal de Empleados
Civiles de Planta y a Contrata:
Grado 7 de encasillamiento_ _ 26%
Grado 8 de encasillamiento_ _ 23%
Grado 9 de encasillamiento_ _ 20%
El personal a que se refiere el inciso anterior que
tenga asignado un grado superior al 7 de encasillamiento,
gozará de la bonificación fijada a dicho grado.
No obstante, tratándose de personal de Empleados
Civiles, de Planta y a Contrata, que haya percibido la
asignación de responsabilidad superior, el porcentaje de la
bonificación será de un 38%.
La Bonificación establecida en este artículo tendrá
carácter de imponible y será compatible con los demás
beneficios de que disfruta o de que pueda disfrutar el
personal al que le es aplicable.