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Artículo 29 (DEL ART PRIMERO) del Decreto Ley 2565

Sustituye decreto ley 701, de 1974, que somete los terrenos forestales a las disposiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6954 / 8628881.

Texto oficial

Artículo 29.- La Corporación podrá elaborar normas de manejo de aplicación general para determinadas especies o tipos forestales, a las cuales podrán adherirse los interesados. Asimismo, podrá prestar asistencia técnica gratuita a pequeños propietarios forestales.