Texto oficial
ARTICULO 1° Modifícase el Acta Constitucional N° 3,
en la forma siguiente:
a) Suprímese en el inciso final del N° 16 del
artículo 1° la frase "y al dominio de las aguas".
b) Agrégase al N° 16 del artículo 1°, antes del
inciso final, el siguiente nuevo inciso:
"Los derechos de los particulares sobre las aguas,
reconocidos o constituidos en conformidad a la ley,
otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos".
c) Suprímense en el artículo 4° transitorio los
términos "y décimo" e intercálase la conjunción "y"
entre las expresiones "quinto" y "sexto", suprimiendo la
coma (,) existente entre ellos.