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Artículo 10 del Decreto Ley 2628

Establece impuesto a los vehiculos motorizados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6970 / 8731914.

Texto oficial

Artículo 10.- El impuesto establecido en el presente decreto ley no se aplicará a los vehículos que gocen de exención total o parcial de los derechos y demás gravámenes de importación.