Texto oficial
Artículo 10.- El impuesto establecido en el presente
decreto ley no se aplicará a los vehículos que gocen de
exención total o parcial de los derechos y demás
gravámenes de importación.
Establece impuesto a los vehiculos motorizados que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6970 / 8731914.