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Artículo 39 del Decreto Ley 2695

Fija normas para regularizar la posesion de la pequeña propiedad raiz y para la constitución del dominio sobre ella

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6982 · idParte: 8691136

Texto oficial

ARTICULO 39° Las normas de los artículos 58° y 101° del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces no se aplicarán a los inmuebles a que se refiere el inciso primero del artículo 1° de la presente ley, a menos que la inscripción sea requerida por el Fisco.