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Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 2695

Fija normas para regularizar la posesion de la pequeña propiedad raiz y para la constitución del dominio sobre ella

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6982 · idParte: 8691144

Texto oficial

ARTICULO 2° Mientras se dicte el reglamento de la presente ley, la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales, y el Departamento de Títulos, mantendrán las facultades que les confiere el decreto con fuerza de ley 6, de 1968, en cuanto no se opongan a las disposiciones de este texto.