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Artículo 4 del Decreto Ley 2703

Modifica y establece normas relacionadas con la carrera funcionaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6986 / 7129195.

Texto oficial

Artículo 4°- En las plantas de los servicios, instituciones y empresas regidos por el decreto (D.F.L.) número 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que incluyan escalafones de Estadísticos, estos escalafones, los cargos respectivos y el personal que los ocupe pasarán a denominarse "Encuestadores y Codificadores de Datos", sin necesidad de nueva identificación.