Saltar al contenido

Artículo 5 transitorio del Decreto Ley 2756

Establece normas sobre organizacion sindical

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6991 · idParte: 8758328

Texto oficial

Artículo 5°- Los directores sindicales elegidos antes de la publicación de esta ley, gozarán de fuero en los términos establecidos en las disposiciones legales que les sean aplicables.