Texto oficial
Artículo 47.- Para pertenecer a una organización
comunitaria funcional se requerirá tener, a lo menos,
quince años de edad y domicilio en la comuna o agrupación
de comunas respectiva.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 70040 / 8640799.