Saltar al contenido

Artículo 16 del Decreto Ley 2868

Divide las provincias que señala del pais en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7020 · idParte: 9036932

Texto oficial

Artículo 16.- Provincia San Felipe, de Aconcagua. 1.- Comuna de San Felipe, capital San Felipe. Comprende la actual comuna de San Felipe, y los distritos 4 Bella Vista y 5 El Asiento, de la actual comuna de Putaendo. 2.- Comuna de Putaendo, capital Putaendo. Comprende la actual comuna de Putaendo, con las siguientes modificaciones: a) Se excluyen los distritos 4 Bella Vista y 5 El Asiento. b) Se incluye el distrito 13 El Manzano, de la antigua comuna de Cabildo, incorporado a la provincia San Felipe de Aconcagua, por decreto ley N° 1.317, de 1975. 3.- Comuna de Santa María, capital Santa María. Comprende la actual comuna de Santa María. 4.- Comuna de Panquehue, capital Panquehue. Comprende la actual comuna de Panquehue. 5.- Comuna de Llaillay, capital Llaillay. Comprende la actual comuna de Llaillay. 6.- Comuna de Catemu, capital Catemu. Comprende la actual comuna de Catemu.