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Artículo 21 del Decreto Ley 2868

Divide las provincias que señala del pais en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7020 / 9036937.

Texto oficial

Artículo 21.- Provincia de Cachapoal. 1.- Comuna de Rancagua, capital Rancagua. Comprende la actual comuna de Rancagua. 2.- Comuna de Graneros, capital Graneros. Comprende la actual comuna de Graneros. 3.- Comuna de Mostazal, capital San Francisco de Mostazal. Comprende la actual comuna de Mostazal. 4.- Comuna de Codegua, capital Codegua. Comprende la actual comuna de Codegua. 5.- Comuna de Machalí, capital Machalí. Comprende la actual comuna de Machalí. 6.- Comuna de Olivar, capital Olivar Alto. Comprende la actual comuna de Olivar. 7.- Comuna de Requínoa, capital Requínoa. Comprende la actual comuna de Requínoa y la parte del distrito 8 Pichaguao, de la actual comuna de Rengo, situada al norte del siguiente deslinde: la carretera Panamericana, desde el límite comunal vigente hasta el camino a Totihue, el camino a Totihue, desde la carretera Panamericana hasta el lindero poniente del predio rol 233-3; el deslinde poniente y sur del predio rol 233-3, desde el camino a Totihue hasta la línea divisoria de aguas que une el cerro El Aplastado con el límite comunal vigente, y la citada línea de cumbres, desde el lindero sur del predio rol 233-3 hasta el límite comunal vigente, pasando por los cerros El Aplastado, Campana, Paragua y Maravilla. 8.- Comuna de Rengo, capital Rengo. Comprende la actual comuna de Rengo, excepto la parte del distrito 8 Pichiguao situada al norte del siguiente límite: la carretera Panamericana, desde el límite comunal vigente hasta el camino a Totihue; el camino a Totihue, desde la carretera Panamericana hasta el lindero poniente del predio rol 233-3; el deslinde poniente y sur del predio rol 233-3, desde el camino a Totihue hasta la línea divisoria de aguas que une el cerro El Aplastado con el límite comunal vigente, y la citada línea de cumbres, desde el lindero sur del predio rol 233-3 hasta el límite comunal vigente, pasando por los cerros El Aplastado, Campana, Paragua y Maravilla. 9.- Comuna de Malloa, capital Malloa. Comprende la actual comuna de Malloa. 10.- Comuna de Quinta de Tilcoco, capital Quinta de Tilcoco. Comprende la actual comuna de Quinta de Tilcoco y la parte de los distritos 12 Zúñiga, 13 Estacada y 14 Naranjal, de la actual comuna de San Vicente, situada al oriente del siguiente límite: la línea secundaria divisoria de aguas, desde el trigonométrico Alto de La Mesa hasta el río Claro, pasando por la cota 435 individualizada en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000; el lindero poniente de los predios La Estacada (rol 251-38) y El Huapi (rol 251-15), desde el río Claro hasta el lindero norte del predio El Huapi antes citado; el lindero norte del predio El Huapi, desde su lindero poniente hasta el lindero poniente del predio El Rancho (rol 251-16); el lindero poniente del predio El Rancho, desde el lindero norte del predio El Huapi hasta la puntilla del cerro La Cruz; y la línea de cumbres del cerro La Cruz, desde el lindero poniente del predio El Rancho hasta el límite comunal vigente. 11.- Comuna de San Vicente, capital San Vicente de Taguatagua. Comprende la actual comuna de San Vicente, excepto la parte de los distritos 12 Zúñiga, 13 Estacada y 14 Naranjal situada al oriente del siguiente límite: la línea secundaria divisoria de aguas, desde el trigonométrico Alto de la Mesa hasta el río Claro, pasando por la cota 435 individualizada en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000; el lindero poniente de los predios la Estacada (rol 251-38) y El Huapi (rol 251-15), desde el río Claro hasta el lindero norte del predio El Huapi antes citado; el lindero norte del predio El Huapi, desde su lindero poniente hasta el lindero poniente del predio El Rancho (rol 251-16); el lindero poniente del predio El Rancho, desde el lindero norte del predio El Huapi hasta la puntilla del cerro La Cruz, y la línea de cumbres del cerro La Cruz, desde el lindero poniente del predio El Rancho hasta el límite comunal vigente. 12.- Comuna de Pichidegua, capital Pichidegua. Camprende la actual comuna de Pichidegua, con las siguientes modificaciones: a) Se incluye la parte del distrito 2 San Rafael, de la actual comuna de La Estrella, incorporada a la Provincia de Cachapoal por el decreto ley N° 2.867, de 1979. b) Se incluye la parte del distrito 1 Calleuque, de la actual comuna de Peralillo, incorporada a la provincia de Cachapoal por el decreto ley N° 2.867, de 1979. 13.- Comuna de Peumo, capital Peumo. Comprende la actual comuna de Peumo. 14.- Comuna de Coltauco, capital Coltauco. Comprende la actual comuna de Coltauco. 15.- Comuna de Coínco, capital Coínco. Comprende la actual comuna de Coínco. 16.- Comuna de Doñihue, capital Doñihue. Comprende la actual comuna de Doñihue. 17.- Comuna de Las Cabras, capital Las Cabras. Comprende la actual comuna de Las Cabras con las siguientes modificaciones: a) Se incluyen los distritos 1 Santa Inés y 7 Quilamuta, de la actual comuna de Alhué. b) Se incluye la parte del distrito 3 Rapel, de la antigua comuna de San Pedro, situada al sur y oriente del siguientes límite: el estero Las Palmas, desde el lago Rapel hasta el meridiano astronómico del trigonométrico Rodeo; el citado meridiano, desde el estero Las Palmas hasta el trigonométrico Rodeo, y la línea de cumbres que une los trigonométricos Rodeo y Boldo Ladeado, pasando por los cerros Peralillo, Zapallar y Las Varillas.