Texto oficial
Artículo 22.- Provincia de Colchagua.
1.- Comuna de San Fernando, capital San Fernando.
Comprende la actual comuna de San Fernando, con las
siguientes modificaciones:
a) Se excluyen los distritos 11 Tinguiririca, 12
Orégano y la parte del distrito 10 Orilla situada al
poniente de los cerros que limitan por el poniente la hoya
del río Claro, a contar de la puntilla del Puente Negro.
b) Se incluye el distrito 1 Rigolemo de la antigua
comuna de Malloa, incorporado a la provincia de Colchagua
por el decreto ley N° 2.867, de 1979.
2.- Comuna de Chimbarongo, capital Chimbarongo.
Comprende la actual comuna de Chimbarongo, con las
siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 7 San José de Toro
situada al poniente del predio rol 238-9 y de la línea de
cumbres que se prolonga hasta el trigonométrico Viento.
b) Se incluyen los distritos 11 Tinguiririca, 12
Orégano y la parte del distrito 10 Orilla situada al
poniente de los cerros que limitan por el poniente la hoya
del río Claro, a contar de la puntilla del Puente Negro, de
la actual comuna de San Fernando.
c) Se incluyen la parte de los distritos 1 Teno y 4
Morza, de la antigua comuna de Teno, incorporada a la
provincia de Colchagua por el decreto ley N° 2.867, de
1979.
3.- Comuna de Placilla, capital Placilla. Comprende la
actual comuna de Placilla.
4.- Comuna de Nancagua, capital Nancagua. Comprende la
actual comuna de Nancagua, excepto los distritos 5 El Guindo
y 6 Cunaco.
5.- Comuna de Chépica, capital Chépica. Comprende la
actual comuna de Chépica, con las siguientes
modificaciones:
a) Se incluye la parte del distrito 7 San José de Toro,
de la actual comuna de Chimbarongo, situada al poniente del
predio rol 238-9 y de la línea de cumbres que se prolonga
hasta el trigonométrico Viento.
b) Se incluye la parte del distrito 4 Panamá, de la
actual comuna de Santa Cruz, correspondiente a la hoya del
estero La Candelaria.
c) Se incluye la parte del distrito 3 Las Palmas, de la
actual comuna de Lolol, situada al oriente de la línea
divisoria de aguas que une los trigonométricos cerro
Posesión y Buitres, pasando por el cerro Placetas,
trigonométrico La Angarilla y portezuelo La Palma.
6.- Comuna de Santa Cruz, capital Santa Cruz. Comprende
la actual comuna de Santa Cruz, con las siguientes
modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 4 Panamá
correspondiente a la hoya del estero La Candelaria.
b) Se incluyen los distritos 5 El Guindo y 6 Cunaco, de
la actual comuna de Nancagua.
c) Se incluye la parte del distrito 2 Nerquihue, de la
actual comuna de Lolol, correspondiente a la hoya del estero
Callihue o de Los Laureles.
d) Se incluye la parte del distrito 1 Palmilla, de la
actual comuna de Palmilla, situada al sur del siguiente
límite; el lindero sur del predio rol 56-6, desde el estero
Chimbarongo hasta el lindero poniente del predio rol 56-4;
el lindero poniente del predio rol 56-4, desde el lindero
sur del predio rol 56-6 hasta el lindero sur del citado
predio rol 56-4; y el lindero sur de los predios roles 56-4,
25-1, 50-4, 50-7, 50-5 y 50-1, desde el lindero poniente del
predio rol 56-4 hasta el río Tinguiririca.
e) Se incluye la parte del distrito 3 Huique, de la
actual comuna de Palmilla, situada al sur de la línea recta
que une el lindero suroriente del predio rol 50-1 con el
cerro La Hoya.
f) Se incluye el distrito 4 Apalta, de la actual comuna
de Palmilla.
7.- Comuna de Lolol, capital Lolol. Comprende la actual
comuna de Lolol, con las siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 2 Nerquihue
correspondiente a la hoya del estero Callihue o de Los
Laureles.
b) Se excluye la parte del distrito 3 Las Palmas,
situada al oriente de la línea divisoria de aguas que une
los trigonométricos cerro Posesión y Buitres, pasando por
el cerro Placetas, trigonométrico La Angarilla y portezuelo
La Palma.
8.- Comuna de Pumanque, capital Pumanque. Comprende la
actual comuna de Pumanque, con las siguientes
modificaciones:
a) Se incluye el distrito 5 Queseria, de la actual
comuna de Paredones.
b) Se incluye el distrito 2 Reto, de la actual comuna de
Marchihue.
9.- Comuna de Palmilla, capital Palmilla. Comprende la
actual comuna de Palmilla, con las siguientes
modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 1 Palmilla, situada
al sur del siguiente límite: el lindero sur del predio rol
56-6, desde el estero Chimbarongo hasta el lindero poniente
del predio rol 56-4; el lindero poniente del predio rol
56-4, desde el lindero sur del predio rol 56-6 hasta el
lindero sur del citado predio rol 56-4, y el lindero sur de
los predios roles 56-4, 25-1, 50-4, 50-7, 50-5 y 50-1, desde
el lindero poniente del predio rol 56-4 hasta el río
Tinguiririca.
b) Se excluye la parte del distrito 3 Huique, situada al
sur de la línea recta que une el lindero suroriente del
predio rol 50-1 con el cerro La Hoya.
c) Se excluye el distrito 4 Apalta.
10.- Comuna de Peralillo, capital Peralillo. Comprende
la actual comuna de Peralillo.