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Artículo 28 del Decreto Ley 2868

Divide las provincias que señala del pais en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7020 / 9036944.

Texto oficial

Artículo 28.- Provincia de Ñuble. 1.- Comuna de Chillán, capital Chillán. Comprende la actual comuna de Chillán, con las siguientes modificaciones: a) Se excluye la parte del distrito 14 Cato, correspondiente a los predios San Guillermo (rol 2214-19) y El Alazán (rol 2214-49). b) Se excluye el distrito 15 Chacayal. c) Se incluyen los distritos 3 Curica y 4 El Ala, de la actual comuna de San Nicolás. d) Se incluye la parte de los distritos 1 Pinto Poniente, 3 Boyén y 4 Larqui, de la actual comuna de Pinto, situada al poniente del siguiente límite: el lindero oriente de los predios El Olivar (rol 151-12) y Lautaro (rol 151-16), desde el límite comunal vigente hasta el lindero sur del predio Lautaro; el lindero sur del predio Lautaro, desde su lindero oriente hasta el lindero norte del predio La Piedra de Pincura (rol 359-96); el lindero norte del predio La Piedra de Pincura, desde el lindero sur del predio Lautaro hasta el lindero poniente del citado predio La Piedra de Pincura; lindero poniente de los predios La Piedra de Pincura y Recreo de Pincura (rol 151-37), desde el lindero norte del predio La Piedra de Pincura hasta el lindero entre las hijuelas Boyén (roles 359-25 y 359-69); el lindero entre las hijuelas Boyén, desde el lindero poniente del predio Recreo de Pincura hasta el estero Pichilluanco; el estero Pichilluanco, desde el lindero entre las hijuelas Boyén hasta el lindero oriente del predio Lluanco, y el lindero oriente de los predios Lluanco (roles 460-79 y 460-168), desde el estero Pichilluanco hasta el río Larqui. 2.- Comuna de San Carlos, capital San Carlos. Comprende la actual comuna de San Carlos, con las siguientes modificaciones: a) Se incluyen los distritos 3 La Colonia, 4 Agua Buena y 7 Buli, de la actual comuna de Ñiquén. b) Se incluye el distrito 4 Cachapoal, de la actual comuna de San Fabián. 3.- Comuna de Ñiquén, capital San Gregorio. Comprende la actual comuna de Ñiquén, con las siguientes modificaciones: a) Se excluyen los distritos 3 La Colonia, 4 Agua Buena y 7 Buli. b) Se incluye el distrito 5 Zemita, de la actual comuna de San Fabián, excepto la parte situada al oriente del estero Trabuncura. 4.- Comuna de San Fabián, capital San Fabián de Alico. Comprende la actual comuna de San Fabián, con las siguientes modificaciones: a) Se excluye el distrito 4 Cachapoal. b) Se excluye el distrito 5 Zemita, excepto la parte situada al oriente del estero Trabuncura. 5.- Comuna de Coihueco, capital Coihueco. Comprende la actual comuna de Coihueco, con las siguientes modificaciones: a) Se incluye la parte del distrito 14 Cato, de la actual comuna de Chillán, correspondiente a los predios San Guillermo (rol 2214-19) y El Alazán (rol 2214-49). b) Se incluye el distrito 15 Chacayal, de la actual comuna de Chillán. 6.- Comuna de Pinto, capital Pinto. Comprende la actual comuna de Pinto, con las siguientes modificaciones: a) Se excluye la parte de los distritos 1 Pinto Poniente, 3 Boyén y 4 Larqui, situada al poniente del siguiente límite: el lindero oriente de los predios El Olivar (rol 151-12) y Lautaro (rol 151-16), desde el límite comunal vigente hasta el lindero sur del predio Lautaro; el lindero sur del predio Lautaro, desde su lindero oriente hasta el lindero norte del predio La Piedra de Pincura (rol 359-96); el lindero norte del predio La Piedra de Pincura, desde el lindero sur del predio Lautaro hasta el lindero poniente del citado predio La Piedra de Pincura; el lindero poniente de los predios La Piedra de Pincura y Recreo de Pincura (rol 151-37), desde el lindero norte del predio La Piedra de Pincura hasta el lindero entre las hijuelas Boyén (roles 359-25 y 359-69); el lindero entre las hijuelas Boyén, desde el lindero poniente del predio Recreo de Pincura hasta el estero Pichilluanco; el estero Pichilluanco, desde el lindero entre las hijuelas Boyén hasta el lindero oriente del predio Lluanco, y el lindero oriente de los predios Lluanco (roles 460-79 y 460-168), desde el estero Pichilluanco hasta el río Larqui. b) Se incluye el distrito 10 Huemul, de la antigua comuna de Tucapel. 7.- Comuna de San Ignacio, capital San Ignacio. Comprende la actual comuna de San Ignacio. 8.- Comuna de El Carmen, capital El Carmen. Comprende la actual comuna de El Carmen. 9.- Comuna de Yungay, capital Yungay. Comprende la actual comuna de Yungay, con las siguientes modificaciones: a) Se incluyen los distritos 8 Campanario y 9 Pangal, de la antigua comuna de Yumbel, incorporados a la provincia de Ñuble por el decreto ley N° 1.230, de 1975. b) Se incluye la parte occidental del distrito 4 Siberia, de la antigua comuna de Tucapel, incorporada a la provincia de Ñuble por el decreto ley N° 2.867, de 1979. 10.- Comuna de Pemuco, capital Pemuco. Comprende la actual comuna de Pemuco. 11.- Comuna de Bulnes, capital Bulnes. Comprende la actual comuna de Bulnes. 12.- Comuna de Quillón, capital Quillón. Comprende la actual comuna de Quillón. 13.- Comuna de Ránquil, capital Ñipas. Comprende la actual comuna de Ránquil. 14.- Comuna de Portezuelo, capital Portezuelo. Comprende la actual comuna de Portezuelo. 15.- Comuna de Coelemu, capital Coelemu. Comprende la actual comuna de Coelemu, mas la parte del distrito 9 Las Animas de Ranguelmo, de la actual comuna de Tomé, correspondiente al sector Estación Ranguelmo, incorporada a la provincia de Ñuble por el decreto ley N° 2.867, de 1979. 16.- Comuna de Treguaco, capital Treguaco. Comprende la actual comuna de Treguaco. 17.- Comuna de Cobquecura, capital Cobquecura. Comprende la actual comuna de Cobquecura. 18.- Comuna de Quirihue, capital Quirihue. Comprende la actual comuna de Quirihue. 19.- Comuna de Ninhue, capital Ninhue. Comprende la actual comuna de Ninhue. 20.- Comuna de San Nicolás, capital San Nicolás. Comprende la actual comuna de San Nicolás, excepto los distritos 3 Curica y 4 El Ala.