Texto oficial
Artículo 26.- Derógase toda norma vigente que autorice
el otorgamiento de la garantía del Estado a obligaciones de
instituciones tanto del Sector Público como del Sector
Privado, incluidas las Universidades.
Esta derogación alcanza inclusive a las autorizaciones
contenidas en estatutos orgánicos que establezcan la
prevalencia de sus disposiciones sobre las normas de
carácter general.