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Artículo 25 del Decreto Ley 2879

Establece normas de personal y de caracter financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7026 · idParte: 8799673

Texto oficial

Artículo 25.- Agrégase al artículo 2° del decreto ley N° 2.398, de 1978, el siguiente inciso: "Lo dispuesto en este artículo se aplicará aún en los casos en que las disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias por las que se rigen las empresas a que se refiere este artículo, otorguen exenciones de toda clase de impuestos o contribuciones, presentes o futuros, cualquiera que sea la exigencia especial que la norma legal, reglamentaria o estatutaria que las concedió haya señalado para su derogación".