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Artículo 13 del Decreto Ley 2885

Establece normas sobre el otorgamiento de titulos de dominio y administración de terrenos fiscales en la isla de pascua.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7028 · idParte: 7129689

Texto oficial

Artículo 13.- La sentencia que acoja la reclamación ordenará que se cancele la inscripción anterior, si la hubiere, y deberá inscribirse en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces.