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Artículo 3 del Decreto Ley 2969

Modifica decretos leyes n° 1.166, de 1975, y n° 1.770, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7039 · idParte: 5880841

Texto oficial

Artículo 3°- El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto ley se financiará con cargo a los recursos consultados al efecto en el Presupuesto del Sector Público del año 1980.