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Artículo 25 del Decreto Ley 3000

Presupuesto del sector publico año 1980

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7046 / 9037044.

Texto oficial

Artículo 25.- Las disposiciones de este decreto ley regirán a contar del 1° de Enero de 1980, sin perjuicio de que puedan dictarse en el mes de Diciembre de 1979 los decretos a que se refieren los artículos 4°, 11, 12 y 20. Estos decretos podrán ser modificados con posterioridad al 31 de Diciembre de 1979.