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Artículo 7 del Decreto 408

Prohibe el uso de artes de pesca de arrastre y de cerco en las areas que indica y deroga decreto que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 70487 / 8621384.

Texto oficial

Artículo 7º.- Derógase el decreto supremo Nº 94, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.