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Artículo 14 del Decreto Ley 3058

Modifica sistema de remuneraciones del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7051 / 8691160.

Texto oficial

Artículo 14.- El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto ley se financiará con cargo a los recursos consultados al efecto en la Ley de Presupuestos del año 1980.