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Artículo 68 del Decreto Ley 3063

Establece normas sobre rentas municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7054 / 8739708.

Texto oficial

Artículo 68.- El presente decreto ley entrará en vigencia el 1° de Enero de 1980, con excepción del artículo 67 que regirá desde su publicación en el Diario Oficial.