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Artículo 2 del Decreto Ley 3064

(año 1979) establece normas relativas al presupuesto de la comision chilena de energia nuclear para el año 1980 y modifica disposiciones legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7055 · idParte: 8798680

Texto oficial

Artículo 2°- Intercálase, en la letra d) del artículo 29 del decreto ley N° 2.879, de 1979, entre las palabras "serán" y "reajustables" la siguiente frase: "imponibles en la misma proporción de la remuneración que compensan y".