Texto oficial
Artículo 5° Las provincias que integran la Región
Metropolitana de Santiago, las comunas que la conforman y
sus respectivas ciudades capitales serán las siguientes:
Provincia de Santiago, capital Santiago, que comprende
las actuales comunas de Santiago, Las Condes, Providencia,
La Reina, Ñuñoa, La Florida, San Miguel, La Granja, La
Cisterna, Maipú, Quinta Normal, Pudahuel, Renca, Quilicura
y Conchalí.
Provincia de Chacabuco, capital Colina, que comprende
las actuales comunas de Colina, Lampa y Tiltil;
Provincia Cordillera, capital Puente Alto, que comprende
las actuales comunas de Puente Alto, Pirque y San José de
Maipo;
Provincia de Maipo, capital San Bernardo, que comprende
las actuales comunas de San Bernardo, Calera de Tango, Buin
y Paine;
Provincia de Talagante, que comprende las actuales
comunas de Talagante, Isla de Maipo, El Monte y Peñaflor, y
Provincia de Melipilla, capital Melipilla que comprende
las actuales comunas de Melipilla, María Pinto, Curacaví,
San Pedro y Alhué. Se incluye, además la parte del
distrito 2 Leyda y 3 Cuncumén de la actual comuna de San
Antonio, correspondiente a la hoya del estero Puangue
situada al oriente del siguiente límite: la línea de
cumbres que limita por el poniente la hoya del estero
Puangue, desde la cota 752, situada al norponiente del cerro
Minillas, hasta el trigonométrico cerro Las Juntas, pasando
por el paso Sepultura, Loma Los Maquis y los cerros Las
Rosas, Bandurrias, Quillay y de la cuesta San Diego, y el
paralelo astronómico del trigonométrico cerro Las Juntas,
desde dicho trigonométrico hasta tocar el curso del río
Maipo.