Texto oficial
ARTICULO 3° Facútase al Presidente de la República,
para que en el plazo de un año, a proposición del
Ministerio del Interior, determine definitivamente los
límites del Area Metropolitana, de las provincias y de las
comunas, pudiendo en el ejercicio de esta facultad crear
nuevas comunas y readecuar el territorio de las existentes
en esta Región.