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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 3425

Modifica código de justicia militar y código de procedimiento penal, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7106 / 7130087.

Texto oficial

Artículo Transitorio.- Las disposiciones de este decreto ley y que digan relación con el Ministerio Público Militar que en él se crea entrarán en vigencia 120 días después de su publicación en el Diario Oficial, y la modificación dispuesta en el artículo 5° de este mismo cuerpo legal, regirá a partir del 1° de Junio de 1980.